¿Qué es una marca y por qué es importante registrarla?

Vamos a tratar de abordar un tema que probablemente daría para muchas entradas, dado que contiene un gran peso jurídico en el ámbito comercial. Sin embargo, por motivos de espacio, intentaremos condensarlo en pequeñas ideas y curiosidades para que podamos aprender del apasionante mundo del derecho de marcas.  

Trataremos de conocer aquellos aspectos jurídicos relativos a las marcas, que hoy día están asumiendo por completo un gran protagonismo en la estrategia de marketing de las grandes (y no tan grandes) compañías. Se trata fundamentalmente de poder conocer los tipos de marcas y aquellas cuestiones que se plantean en el día a día a la hora de registrar una marca ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, en adelante: OEPM.

Así pues, y entrando ya en materia, me parece interesante empezar por una cuestión básica: 

¿Qué es una marca?

Según la Ley 17/2001 de marcas en su artículo 4 nos brinda la siguiente definición: 

“Podrán constituir marcas todos los signos, especialmente las palabras, incluidos los nombres de personas, los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos, a condición de que tales signos sean apropiados para:

a) distinguir los productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas y

b) ser representados en el Registro de Marcas de manera tal que permita a las autoridades competentes y al público en general determinar el objeto claro y preciso de la protección otorgada a su titular”.

Por tanto, podemos sacar en claro que se considerarán marcas todos aquellos signos que sean susceptibles de ser “distintivos” de las empresas. Es decir, aquel producto o servicio que el consumidor medio sea capaz de poder diferenciar a qué empresa corresponde. En definitiva, se trata de evitar por todos los medios que se produzca el temido “riesgo de confusión”. 

Las marcas tradicionales pueden dividirse en tres tipos: denominativas, gráficas y mixtas.

  1. Marcas denominativas: incluyen única y exclusivamente un nombre.
  2. Marcas gráficas: se basan fundamentalmente en un logo.
  3. Marcas Mixtas: combinan denominación y logo.

Utilizaremos a Discusión Jurídica para ver un tipo de marca. Aquí se hace uso de una combinación del elemento gráfico con la denominación y se incluye un eslogan identificativo, lo que dota a nuestra marca de un gran sentido distintivo. 

Por otro lado, resaltaremos otro tipo de marcas que causan ciertas dudas en su aplicación. Son las denominadas ‘Marcas no tradicionales’:

Son todas aquellas que podemos percibir por los cinco sentidos, por lo que no necesariamente deben incorporar un signo o una denominación, sino que un simple olor, sabor o forma pueden considerarse como marca distintiva. Por ejemplo, un reconocido fabricante de motos ha registrado el sonido de su motor. Por otro lado, también ocurre con un tipo de juguete que tiene una morfología muy reconocible para el público. 

Toda esta cuestión de las marcas no tradicionales, procede de un término o concepto denominado ‘Marketing Sensorial‘ y desde aquí me encantaría invitar a algún experto en esta disciplina a continuar hablando al respecto, puesto que contiene, en mi opinión, un gran interés para el ámbito empresarial. 

¿Cómo puedo proteger y registrar mi marca?

Esta es una cuestión difícil de resolver. Creo que sería bueno incorporar un breve esquema de cómo registrar tu marca y qué pasos se deben seguir:

Antes de iniciar el procedimiento de solicitud y concesión de marcas, conviene realizar un estudio previo de mercado a través de las plataformas electrónicas públicas que habilitan las oficinas tanto española como europea en materia de marcas:

Dicha búsqueda se hace para poder encontrar posibles coincidencias o incompatibilidades que pudieran bloquear el acceso registral de la misma al mercado; este es un problema muy frecuente en empresas que inician su actividad sin antes concertar una estrategia relativa a la marca.

En otras palabras, es fundamental tener registrada la marca adecuadamente antes de empezar la actividad comercial, haciendo expresa referencia sobre los productos o servicios en los que va a basar su producción.

¿Es importante registrar los productos o servicios que voy a comercializar con mi marca?

Por supuesto que sí. Es necesario indicar que existe una clasificación internacional de productos y servicios para la que se piden las marcas (Arreglo de Niza relativo a la clasificación internacional de productos y servicios para el registro de marcas, de 15 de junio de 1957, revisado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, y en Ginebra el 13 de mayo de 1197).

Esta clasificación adquiere importancia debido a su utilidad para conocer los productos o servicios que se están registrando. Además, lo es porque al solicitar el registro hay que pagar una tasa, cuyo montante variará dependiendo de la clase de marca para la que se quiera solicitar la inscripción. También es necesario a efectos de determinar cuál va a ser la actividad, evitando así posibles irrupciones de terceros. 

Os facilito el listado de productos y servicios clasificados, expuestos por la OEPM mediante el siguiente enlace: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

A continuación, pongamos el caso de una empresa que decide comenzar su actividad comercializando con bebidas alcohólicas de la clase 33 descrita por la clasificación internacional de la siguiente manera: 

“Bebidas alcohólicas, excepto cervezas; preparaciones alcohólicas para elaborar bebidas”.

Seguidamente, esta compañía a razón de su crecimiento decide ampliar a otras bebidas, entre ellas cervezas. 

¿Qué ocurriría? Es posible que, llegado el caso, se encuentre con ciertos problemas registrales por el devenir del mercado, dado que la elaboración y comercialización de cervezas corresponde a productos de la clase 32. Este desajuste podría suponer un riesgo, ya que un tercero podría realizar la misma actividad comercial con un signo parecido, que pueda llevar a confusión en algún caso, y que sí lo tenga correctamente registrado. Por ello se debe realizar un ejercicio de vigilancia constante que los despachos dedicados a éstas cuestiones ofrecen con muy buenas garantías. 

¿Cómo es la estructura del procedimiento de registro de marcas?

La estructura del procedimiento consiste inicialmente en realizar una solicitud. Se hará ante la OEPM, si se trata de marcas nacionales, o ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO), si se trata de marcas que pretendan desplegar sus efectos en el seno de la Unión Europea.

Seguidamente, se realiza un examen formal de la solicitud en la que se llevará a cabo una búsqueda de coincidencias en el propio registro. El objetivo es evitar la colisión entre marcas.

Una vez examinada la solicitud se formaliza la publicación, elemento fundamental en el cual se lleva a cabo el análisis sobre el fondo por parte de la oficina. Este paso a día de hoy causa cierta inseguridad jurídica, puesto que cada examinador tiene un criterio a la hora de revisar las solicitudes. No obstante, siempre cabe interponer el correspondiente recurso de alzada una vez agotada la vía administrativa con motivo de subsanar esas deficiencias que podamos encontrar.

El procedimiento termina con la concesión o denegación registral de la marca, emitida mediante una resolución por parte de la Oficina. Desde ese momento, en caso de ser concedida nuestra marca, empieza a desplegar efectos jurídicos y, por consiguiente, pasa a formar parte del patrimonio intangible de nuestra empresa, por lo que también debe ser tenida en cuenta a efectos contables. 

Como conclusión, habiendo realizado un breve repaso general por las cuestiones quizás más prácticas de ésta materia, creo que es importante animar a emprendedores, empresarios y profesionales que pretendan llevar a efecto un negocio, que no descuiden su patrimonio marcario y que acudan a despachos de abogados o agentes de la propiedad industrial para que puedan establecer una hoja de ruta concreta que les permita proteger sus ideas. Así podrá centrar todos sus esfuerzos en realizar un modelo de negocio sostenible que genere beneficios.

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